Visado B1/B2 para Estados Unidos: qué es, requisitos y cómo solicitarlo
Última verificación y actualización: Agosto de 2026

El visado B1/B2 para Estados Unidos es un visado de visitante no inmigrante para viajes temporales. La categoría B-1 corresponde a determinadas actividades de negocios, como reuniones, conferencias o negociación de contratos; la B-2 se utiliza para turismo, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. Cuando el visado aparece como B1/B2, combina ambas categorías y puede utilizarse para viajes compatibles con cualquiera de esas finalidades.
No todos los viajeros necesitan solicitar un B1/B2. Quienes cumplen las condiciones del Programa de Exención de Visado pueden, para determinados viajes temporales de turismo o negocios, viajar con una autorización ESTA en lugar de solicitar un visado de visitante. Si el Visa Waiver Program no se aplica a tu caso, o no puedes utilizarlo, habrá que comprobar si el B1/B2 corresponde realmente al motivo de tu viaje.
También es importante distinguir la validez del visado de la duración autorizada de cada estancia. Que un B1/B2 sea válido durante varios años no significa que puedas permanecer en Estados Unidos durante todo ese periodo ni que tengas garantizada la entrada. En cada viaje, la admisión y el tiempo autorizado de permanencia los determina la autoridad fronteriza estadounidense; la fecha de caducidad del visado indica hasta cuándo puede utilizarse para solicitar la entrada, no cuánto tiempo puedes permanecer en el país.
En breve
- El B-1 se utiliza para determinadas actividades temporales de negocios; no es un visado para ejercer un empleo ordinario en Estados Unidos.
- El B-2 corresponde principalmente a turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos.
- Un visado B1/B2 combina ambas clasificaciones y puede utilizarse para viajes temporales que encajen en las actividades permitidas de B-1 o B-2.
- La solicitud de un visado de visitante se realiza mediante el formulario DS-160 y, con carácter general, el solicitante debe seguir el procedimiento de cita e entrevista indicado por el consulado correspondiente.
- La tasa de solicitud de la categoría B es actualmente de 185 USD y no es reembolsable. Puede existir además una tasa de expedición según la nacionalidad del solicitante.
- La fecha de caducidad del visado no indica cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos: la duración autorizada de cada estancia se determina al entrar en el país.
Importante: la fecha de caducidad del visado B1/B2 no determina cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos. El visado te permite solicitar la entrada mientras siga siendo válido, pero la admisión y la duración autorizada de cada estancia se deciden al llegar. Comprueba siempre la fecha de admisión registrada para tu viaje y no calcules la salida únicamente a partir de la vigencia del visado.
Transparencia: Visa-ESTA.es ofrece un servicio independiente y opcional de asistencia para solicitudes ESTA. No pertenece al Gobierno de Estados Unidos ni está afiliado a sus autoridades. No tramita solicitudes consulares de visados B1/B2, que deben gestionarse siguiendo las instrucciones oficiales correspondientes.
Verificación editorial: contenido redactado y localizado por el
equipo editorial de Visa-ESTA.es
.
Revisión: Andrea Fosters.
Sumario artículo
- 1. Qué significan B1, B2 y B1/B2
- 2. ¿Necesitas un visado B1/B2 o puedes viajar con ESTA?
- 3. Qué actividades permite un visado B1/B2
- 4. Cómo solicitar un visado B1/B2 paso a paso
- 5. Entrevista y documentos para el visado B1/B2
- 6. ¿Siempre hay que hacer una entrevista para un B1/B2?
- 7. Cuánto cuesta un B1/B2 y cuánto tarda el trámite
- 8. Cuánto dura el visado B1/B2 y cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos
- 9. Si solicitas un B1/B2 desde España
- 10. Qué ocurre si te deniegan el visado B1/B2
- 11. Checklist antes de solicitar el B1/B2 y antes de viajar
- 12. Preguntas frecuentes sobre el visado B1/B2
Qué significan B1, B2 y B1/B2
Las categorías B-1 y B-2 pertenecen a los visados de visitante no inmigrante para estancias temporales en Estados Unidos. La diferencia principal está en la finalidad del viaje: el B-1 se relaciona con determinadas actividades de negocios, mientras que el B-2 cubre principalmente turismo, visitas personales y algunos tratamientos médicos. Cuando el visado aparece como B1/B2, reúne ambas clasificaciones.
| Clasificación | Finalidad principal | Ejemplos habituales |
|---|---|---|
| B-1 | Negocios temporales | Reuniones profesionales, congresos, consultas con socios comerciales y negociación de contratos. |
| B-2 | Turismo y visitas | Vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. |
| B1/B2 | Clasificación combinada | Viajes temporales que encajen en actividades permitidas de B-1 o de B-2. |
Qué permite el B-1
El B-1 está pensado para determinadas actividades comerciales o profesionales de carácter temporal. Entre los ejemplos que recoge el Department of State se encuentran las consultas con socios comerciales, la asistencia a convenciones o conferencias profesionales y la negociación de contratos.
No debe confundirse con un visado de trabajo. Tener un B-1 no autoriza a aceptar un empleo ordinario en Estados Unidos ni convierte cualquier actividad profesional en una actividad permitida. Cuando el viaje implica prestar servicios, recibir una remuneración o desarrollar una actividad distinta de una visita temporal de negocios, hay que comprobar si corresponde otra categoría migratoria.
Qué permite el B-2
El B-2 se utiliza principalmente para viajes de turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. También puede cubrir algunas actividades recreativas compatibles con una visita temporal, siempre que no se transformen en trabajo, estudios reglados u otra finalidad que requiera un visado diferente.
Por tanto, que un viaje tenga una parte turística no convierte automáticamente cualquier estancia en un viaje B-2. La actividad principal que vas a realizar debe ser compatible con las condiciones de esta categoría.
Qué significa tener un B1/B2 combinado
Cuando el visado está clasificado como B1/B2, puede utilizarse para solicitar la entrada en viajes temporales que encajen en las actividades permitidas de cualquiera de las dos categorías. Esto no amplía las actividades autorizadas ni permite trabajar, estudiar de forma ordinaria o residir en Estados Unidos.
En cada viaje debes poder explicar cuál es el motivo concreto de la visita y ese motivo debe ser compatible con el uso del visado. La clasificación B1/B2 no elimina el control de admisión en frontera: la decisión de permitir la entrada corresponde a las autoridades estadounidenses.
¿Necesitas un visado B1/B2 o puedes viajar con ESTA?
Para un viaje temporal de turismo o negocios, la respuesta depende primero de si puedes utilizar el Visa Waiver Program y de si el motivo del viaje encaja en sus condiciones. ESTA y B1/B2 no son dos nombres para el mismo documento: la ESTA es una autorización de viaje vinculada al Programa de Exención de Visado, mientras que el B1/B2 es un visado de visitante.
| Situación | Qué debes comprobar |
|---|---|
| Viaje de turismo o negocios y cumples todas las condiciones del Visa Waiver Program | Puedes valorar el viaje bajo el VWP con una ESTA aprobada, siempre que también se respeten sus demás requisitos. |
| No puedes utilizar el Visa Waiver Program | Comprueba si un B-1, B-2 o B1/B2 corresponde realmente a la finalidad de tu viaje. |
| Tu solicitud ESTA no ha sido autorizada | No puedes realizar ese viaje bajo el VWP con esa solicitud. Si quieres continuar con el viaje, tendrás que valorar el visado que corresponda a tu situación. |
| Quieres trabajar, cursar determinados estudios o realizar otra actividad no compatible con B1/B2 | Debes comprobar otra categoría migratoria adecuada a la actividad que pretendes realizar. |
Si puedes utilizar el Visa Waiver Program
El Programa de Exención de Visado permite a los ciudadanos o nacionales elegibles de los países participantes realizar determinados viajes de turismo o negocios a Estados Unidos sin obtener previamente un visado, siempre que cumplan todas las condiciones del programa y dispongan de una ESTA aprobada.
Por tanto, ser ciudadano de un país participante no basta por sí solo. También hay que comprobar el pasaporte utilizado, la finalidad y duración previstas del viaje y las demás condiciones de elegibilidad aplicables al VWP.
Si tu ESTA no ha sido autorizada
Una respuesta Travel Not Authorized significa que no estás autorizado a viajar utilizando el Visa Waiver Program con esa solicitud. No significa por sí sola que tengas prohibido solicitar un visado estadounidense ni que un futuro B1/B2 vaya a ser aprobado automáticamente.
Si todavía necesitas viajar, debes comprobar qué categoría de visado corresponde al motivo real de tu visita y seguir el procedimiento consular aplicable. La guía sobre una ESTA no autorizada explica por separado qué conviene revisar después de recibir ese estado, sin atribuir causas que CBP no haya comunicado.
Si el motivo del viaje no encaja en B1 o B2
El hecho de no poder utilizar la ESTA no convierte automáticamente al B1/B2 en el visado correcto. La categoría debe corresponder a la actividad prevista en Estados Unidos. Si el objetivo principal es trabajar, seguir determinados estudios, participar en un programa de intercambio, ejercer una actividad periodística u otra finalidad con categoría propia, habrá que comprobar el visado adecuado antes de presentar la solicitud.
Qué actividades permite un visado B1/B2
Un visado B1/B2 no autoriza cualquier actividad durante una estancia en Estados Unidos. La finalidad concreta del viaje debe encajar en las actividades permitidas para B-1 o B-2. Si el objetivo principal es trabajar, estudiar o desarrollar otra actividad con una categoría migratoria propia, el B1/B2 puede no ser el visado adecuado.
Actividades habituales con un B-1
El B-1 está destinado a determinadas visitas temporales de negocios que no constituyen un empleo ordinario en Estados Unidos. Entre los ejemplos oficiales se encuentran las consultas con socios comerciales, la asistencia a reuniones, convenciones, conferencias o seminarios profesionales y la negociación de contratos.
Si tu viaje tiene una finalidad empresarial, la guía sobre viaje de negocios a Estados Unidos desarrolla por separado los casos en los que conviene comprobar si una actividad concreta encaja en B-1 o requiere otra categoría.
Existen algunos supuestos técnicos que pueden clasificarse como B-1 bajo condiciones muy específicas, pero no deben interpretarse como una autorización general para trabajar. Cuando una actividad profesional no está claramente comprendida entre los usos permitidos del B-1, es necesario comprobar la categoría adecuada antes de viajar.
Actividades habituales con un B-2
El B-2 se utiliza principalmente para turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. La finalidad debe seguir siendo la de una visita temporal y no puede utilizarse para encubrir una actividad que requiera otro estatus migratorio.
Por ejemplo, viajar como turista y asistir a actividades recreativas compatibles con una visita temporal no equivale a poder iniciar estudios académicos, aceptar un empleo o desarrollar una actividad profesional remunerada.
Trabajo, estudios y otras actividades que requieren comprobar otro visado
El Department of State incluye entre los ejemplos de actividades que no pueden realizarse con un El Department of State incluye entre los ejemplos de actividades que no pueden realizarse con un visado de visitante el empleo, determinados estudios, actuaciones profesionales remuneradas, el trabajo como miembro de una tripulación y el ejercicio profesional como periodista u otro profesional de medios. La residencia permanente tampoco es una finalidad compatible con esta categoría.
Si el objetivo principal de tu viaje entra en alguno de estos supuestos, no conviene solicitar un B1/B2 simplemente porque sea un visado de visitante conocido o porque ya hayas viajado anteriormente por turismo. Debes comprobar otros tipos de visado para Estados Unidos y elegir la categoría que corresponda a la actividad real que vas a realizar.
Una precaución importante con las actividades profesionales
Que una actividad esté relacionada con tu empresa, profesión o negocio no significa automáticamente que pueda realizarse con un B-1. Algunas situaciones dependen de detalles como la tarea concreta, quién remunera la actividad y las condiciones bajo las que se presta. Si tu caso se aparta de reuniones, consultas, conferencias, negociación de contratos u otros usos claramente previstos, comprueba las instrucciones oficiales o la categoría migratoria correspondiente antes de presentar la solicitud.
Cómo solicitar un visado B1/B2 paso a paso
La solicitud de un visado B1/B2 combina una parte online con las instrucciones del puesto consular donde se tramita el caso. No existe un único sistema de citas y entrega del pasaporte válido para todos los países, por lo que, después de completar el formulario, debes seguir el procedimiento indicado por la embajada o el consulado correspondiente.
Desde julio de 2026, el Department of State indica que los solicitantes de visados no inmigrantes deben programar, con carácter general, la entrevista en la embajada o consulado estadounidense de su país de nacionalidad o de residencia. Si solicitas el visado en función de tu residencia, debes poder acreditarla. Presentar la solicitud fuera del país de nacionalidad o residencia puede implicar tiempos de espera considerablemente mayores y dificultar la valoración del caso, salvo las excepciones o puestos de tramitación designados por las autoridades.
1. Completar el formulario DS-160
El primer paso es completar online el formulario DS-160 para la solicitud de un visado no inmigrante. Cada solicitante necesita su propio formulario, también cuando varias personas viajan juntas o pertenecen a la misma familia.
Los datos deben corresponder a la situación real del solicitante y al viaje previsto. Una vez enviado el DS-160, conserva e imprime la página de confirmación con el código de barras, ya que se utiliza durante las siguientes fases del trámite y debe presentarse cuando corresponda.
2. Pagar la tasa y seguir las instrucciones del puesto consular
Después de completar el formulario, revisa las instrucciones de la embajada o consulado estadounidense donde vayas a presentar la solicitud. Allí encontrarás el procedimiento para pagar la tasa, crear el perfil necesario y gestionar la cita.
La tasa de solicitud de los visados de visitante B es actualmente de 185 USD y no es reembolsable. La forma de pago y los pasos posteriores pueden variar según el lugar de solicitud, por lo que no conviene utilizar instrucciones de otro país o de una cita anterior como si siguieran siendo válidas.
3. Programar la entrevista cuando corresponda
Los solicitantes de visados no inmigrantes deben, con carácter general, acudir a una entrevista presencial con un funcionario consular. Existen algunas posibilidades limitadas de exención, especialmente en determinados casos de renovación, pero no deben darse por supuestas: el puesto consular puede exigir una entrevista incluso cuando el solicitante cumple inicialmente las condiciones para una exención.
El tiempo disponible hasta la cita depende del puesto consular y de la demanda. Por eso es preferible iniciar el trámite con margen y consultar los tiempos publicados para la sede donde realmente vas a solicitar el visado.
4. Preparar la documentación y acudir a la cita
Antes de la entrevista, revisa qué documentos exige el puesto consular para tu caso. Entre la documentación básica se encuentran normalmente el pasaporte, la confirmación del DS-160 y los justificantes requeridos por el procedimiento de solicitud. También pueden pedir información adicional para valorar el motivo del viaje, la intención de regresar después de la visita y la capacidad para cubrir los gastos.
No es necesario reunir indiscriminadamente todos los documentos que aparecen en listas genéricas de internet. La documentación útil depende de la situación individual y de lo que deba acreditarse ante el funcionario consular.
5. Esperar la decisión y seguir las instrucciones recibidas
Después de la entrevista, la solicitud puede ser aprobada, denegada o necesitar información o comprobaciones adicionales. No existe un plazo universal para recibir el pasaporte con el visado y no conviene comprar billetes no reembolsables basándose en una fecha estimada de entrega.
Si el caso requiere documentación adicional o un procesamiento administrativo, debes seguir las instrucciones facilitadas por el consulado. La forma de devolución o recogida del pasaporte también depende del puesto donde se haya tramitado la solicitud.
Entrevista y documentos para el visado B1/B2
La documentación para un B1/B2 no consiste en presentar el mayor número posible de justificantes. Hay una base documental que debes preparar y, además, el consulado puede solicitar otras pruebas para valorar si la finalidad del viaje es compatible con un visado de visitante y tu estancia será temporal.
Documentos básicos que debes preparar
Antes de la entrevista, revisa siempre las instrucciones de la embajada o consulado donde tramitarás la solicitud. Con carácter general, el Department of State incluye entre la documentación requerida:
- un pasaporte válido para viajar a Estados Unidos, teniendo en cuenta las reglas de validez aplicables a tu nacionalidad;
- la página de confirmación del formulario DS-160;
- el justificante del pago de la tasa, cuando deba abonarse antes de la entrevista;
- una fotografía que cumpla los requisitos oficiales si la imagen cargada con el DS-160 no ha sido aceptada correctamente.
Cada persona que necesite un visado presenta su propia solicitud, también cuando viaja con familiares o forma parte de un mismo grupo.
Qué puede pedir el consulado para valorar tu viaje
Además de la documentación básica, el funcionario consular puede solicitar pruebas que ayuden a establecer el propósito del viaje, tu intención de salir de Estados Unidos al finalizar la visita y cómo se cubrirán los gastos.
El tipo de prueba útil depende de la situación de cada solicitante. Por ejemplo, la actividad laboral o los vínculos familiares pueden contribuir a explicar las circunstancias personales y la intención de regresar, mientras que la capacidad económica puede acreditarse de distintas formas según quién vaya a asumir los costes del viaje.
Por eso no existe una lista universal en la que todos los solicitantes tengan que presentar necesariamente escrituras de propiedad, certificados de matrimonio, nóminas, extractos bancarios u otros documentos concretos. El consulado puede pedir documentación adicional en función del caso.
Una carta de invitación no garantiza el visado
Una carta de un familiar, amigo o contacto en Estados Unidos no es un requisito para solicitar un visado de visitante. El Department of State también aclara que una carta de invitación o un Affidavit of Support no es uno de los factores utilizados para decidir por sí mismo si se concede o se deniega un B1/B2.
Si decides llevar una carta porque ayuda a explicar el motivo o la organización del viaje, puede formar parte de la información disponible durante la entrevista, pero no sustituye la obligación del solicitante de demostrar que cumple los requisitos del visado.
Si viajas para recibir tratamiento médico
El tratamiento médico es una finalidad que puede encajar en B-2. En estos casos, el funcionario consular puede pedir documentación más específica para entender la necesidad del viaje y comprobar cómo se cubrirán los costes.
Entre los documentos que el Department of State señala que pueden solicitarse se encuentran:
- un diagnóstico de un médico del país de residencia que explique la enfermedad y el motivo por el que se busca tratamiento en Estados Unidos;
- una carta del médico o centro sanitario estadounidense dispuesto a realizar el tratamiento, con la duración y el coste previstos;
- pruebas de que los gastos de transporte, tratamiento y estancia podrán ser cubiertos por el paciente o por la persona u organización que vaya a asumirlos.
Estos documentos se refieren específicamente a una solicitud relacionada con tratamiento médico. No deben trasladarse como requisitos generales a todas las solicitudes B1/B2.
¿Siempre hay que hacer una entrevista para un B1/B2?
La entrevista presencial es la regla general para las solicitudes de visados no inmigrantes, incluido el B1/B2. Existen excepciones limitadas, sobre todo en determinados casos de renovación, pero cumplir unas condiciones iniciales no garantiza que puedas realizar el trámite sin entrevista: un funcionario consular puede requerirla en cualquier caso.
Si solicitas el B1/B2 por primera vez
En una primera solicitud debes partir de la idea de que tendrás que acudir a una entrevista consular, salvo que tu caso esté incluido en alguna de las excepciones oficiales aplicables. La edad, por sí sola, no permite dar por hecha una exención: desde el 1 de octubre de 2025, los solicitantes menores de 14 años y mayores de 79 también están sujetos con carácter general a la entrevista presencial.
Las instrucciones concretas pueden variar según la embajada o consulado. Por eso debes seguir el procedimiento publicado por el puesto donde vayas a presentar la solicitud y no basarte únicamente en la experiencia de otro viajero o en las reglas que se aplicaban años atrás.
Si vas a renovar un B1/B2
Determinadas renovaciones de B-1, B-2 o B1/B2 pueden ser consideradas para una exención de entrevista. Entre las condiciones establecidas por el Department of State se encuentran que la solicitud de renovación se realice dentro de los 12 meses siguientes a la expiración del visado anterior, que ese visado hubiera sido expedido con su validez completa y que el solicitante tuviera al menos 18 años cuando se emitió.
Además, para poder optar a la exención deben cumplirse otros criterios: presentar la solicitud en el país de nacionalidad o de residencia habitual, no haber tenido una denegación de visado que siga sin haber sido superada o dispensada y no presentar una causa aparente o potencial de inelegibilidad.
Cumplir los requisitos no garantiza la exención
La exención de entrevista no es automática. Incluso cuando una renovación cumple las condiciones generales, el funcionario consular puede solicitar una entrevista presencial por las circunstancias del caso. Comprueba siempre las instrucciones actuales de la embajada o consulado antes de organizar el trámite.
Renovar no significa simplemente prorrogar el visado anterior
Una renovación sigue siendo una nueva solicitud de visado. Debes volver a realizar el procedimiento de solicitud correspondiente y demostrar que sigues cumpliendo los requisitos de la categoría. Que hayas recibido un B1/B2 anteriormente no garantiza que el nuevo visado vaya a ser expedido ni que tenga exactamente las mismas condiciones.
Cuánto cuesta un B1/B2 y cuánto tarda el trámite
El coste y el tiempo necesario para obtener un visado B1/B2 no deben tratarse como una única cifra. La tasa de solicitud está fijada para la categoría B, mientras que los tiempos dependen de la embajada o consulado, de la disponibilidad de citas y de lo que ocurra después de la entrevista.
Tasa de solicitud del B1/B2
La tasa de tramitación de una solicitud B-1, B-2 o B1/B2 es actualmente de 185 USD. Se trata de una tasa de solicitud no reembolsable: haberla pagado permite tramitar el caso, pero no garantiza que el visado vaya a ser expedido.
Dependiendo de la nacionalidad, puede existir además una tasa de expedición basada en reciprocidad si el visado es aprobado. Esta posible tasa es distinta de los 185 USD de la solicitud y debe comprobarse en la tabla de reciprocidad aplicable al país del solicitante.
Cuánto se tarda en conseguir una cita
No existe un tiempo de espera único para todos los solicitantes. La disponibilidad de entrevistas varía según la embajada o consulado y puede cambiar con la carga de trabajo, la capacidad de la sede y la demanda existente.
El Department of State publica tiempos de espera para las distintas sedes, pero deben interpretarse como una referencia para planificar la solicitud, no como una fecha garantizada. Consulta la información correspondiente al lugar donde vayas a tramitar realmente el visado y vuelve a comprobarla si el viaje todavía está a varios meses de distancia.
Cuánto tarda después de la entrevista
Que la entrevista haya terminado no significa que todos los pasaportes se devuelvan dentro del mismo plazo. Algunos casos pueden resolverse sin comprobaciones adicionales, mientras que otros requieren documentación complementaria o procesamiento administrativo.
Cuando existe procesamiento administrativo, su duración depende de las circunstancias individuales del caso. Además, los tiempos publicados para el procesamiento del visado no incluyen necesariamente el tiempo necesario para devolver el pasaporte mediante el sistema utilizado por cada sede.
No reserves basándote en una fecha estimada de entrega. La disponibilidad de una cita, la entrevista y la devolución del pasaporte son fases distintas. Si necesitas viajar en una fecha concreta, inicia la solicitud con margen y evita asumir que una estimación de espera equivale a una garantía de emisión.
Cuánto dura el visado B1/B2 y cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos
La duración de un visado B1/B2 y la duración de cada estancia son dos conceptos distintos. La validez del visado indica durante qué periodo puedes utilizarlo para presentarte en un puerto de entrada y solicitar la admisión; no indica cuánto tiempo tienes derecho a permanecer en Estados Unidos en cada viaje.
Validez del visado y número de entradas
Un B1/B2 puede expedirse con una determinada fecha de caducidad y con una o varias entradas, según las condiciones aplicables al solicitante. La validez y el número de entradas pueden depender, entre otros factores, de la nacionalidad y de las reglas de reciprocidad vigentes.
Mientras el visado siga siendo válido y no haya sido cancelado o revocado, puede utilizarse para presentarse en Estados Unidos y solicitar la entrada para una finalidad compatible con su clasificación. Un visado válido no garantiza la admisión: la decisión final se toma en el puerto de entrada.
La duración de cada estancia no viene fijada por la fecha de caducidad
La fecha impresa en el visado no es la fecha hasta la que puedes permanecer en Estados Unidos. Cuando eres admitido, la autoridad fronteriza registra el periodo autorizado para esa entrada. Esa fecha de admisión es la que debes respetar durante el viaje.
Por este motivo, no es correcto afirmar que un B1/B2 concede automáticamente seis meses de estancia. La duración autorizada depende de la admisión realizada para ese viaje concreto y debe comprobarse en el registro correspondiente.
Cómo comprobar hasta cuándo puedes permanecer
La referencia que debes consultar es tu registro I-94, donde figura la clase de admisión y la fecha Admit Until cuando corresponde. Esa información refleja el periodo de estancia autorizado para la entrada más reciente.
Si necesitas comprobar tus datos después de llegar, CBP permite consultar el registro de admisión y la fecha autorizada a través de su sistema I-94. No utilices la fecha de vencimiento del visado como sustituto de esta comprobación.
Si el visado caduca mientras ya estás en Estados Unidos
Un visado puede caducar mientras te encuentras legalmente en Estados Unidos sin que eso obligue, por sí solo, a abandonar el país ese mismo día. Si CBP te admitió hasta una fecha posterior, puedes permanecer durante el periodo autorizado siempre que mantengas las condiciones aplicables a tu estancia.
Lo importante es distinguir las dos funciones: el visado sirve para solicitar la entrada; el registro de admisión determina hasta cuándo puedes permanecer. Si quieres prolongar la estancia más allá de la fecha autorizada, debes comprobar con antelación si existe un procedimiento aplicable y no esperar a que venza el periodo concedido.
Ejemplo práctico
Imagina que tu visado B1/B2 es válido durante varios años, pero en una entrada concreta tu registro I-94 indica una fecha de salida autorizada dentro de unos meses. Debes respetar la fecha del I-94: la vigencia restante del visado no amplía automáticamente esa estancia.
Si solicitas un B1/B2 desde España
Si resides en España y vas a tramitar un visado de visitante, debes seguir las instrucciones vigentes de la representación estadounidense para las solicitudes de visados no inmigrantes. La Embajada de Estados Unidos en Madrid remite a los solicitantes al formulario DS-160 y al sistema de servicios de visado utilizado para gestionar el procedimiento y las citas.
Solicitud y cita desde España
Antes de programar la cita, completa el DS-160 y conserva su página de confirmación. La Embajada estadounidense en España recuerda además que el número de confirmación asociado al DS-160 debe corresponder al utilizado para la cita, por lo que conviene revisar este dato antes de acudir a la entrevista.
Las instrucciones sobre pago, cita, entrega de documentación y devolución del pasaporte deben comprobarse en el sistema indicado por la propia Embajada, ya que pueden modificarse. Puedes consultar el punto de partida oficial en la sección de visados de la Embajada de Estados Unidos en España .
Validez del B1/B2 para ciudadanos españoles
La tabla de reciprocidad vigente del Department of State indica actualmente para los ciudadanos españoles que los visados B-1, B-2 y B1/B2 pueden expedirse con entradas múltiples y una validez de 120 meses. Para estas categorías figura además como “None” la tasa de expedición basada en reciprocidad.
Esos 120 meses equivalen a diez años de posible validez del visado, pero no significan diez años de estancia ni autorizan permanencias de seis meses de forma automática. La tabla de reciprocidad describe durante cuánto tiempo puede ser válido el visado y cuántas veces puede utilizarse para solicitar la entrada; la duración autorizada de cada visita sigue determinándose por separado cuando el viajero es admitido en Estados Unidos.
Dos tasas distintas que no conviene confundir
Para los ciudadanos españoles, que la tabla de reciprocidad indique “None” no significa que solicitar el B1/B2 sea gratuito. Ese dato se refiere únicamente a una eventual tasa adicional de expedición basada en reciprocidad. La tasa de solicitud del visado es un concepto distinto y debe abonarse conforme a la tarifa vigente.
Comprueba siempre lo que figura en el visado expedido
La tabla de reciprocidad sirve para conocer las condiciones generales aplicables a una nacionalidad, pero el documento que finalmente recibas es el que debes revisar antes de viajar. Comprueba la categoría, el número de entradas, la fecha de caducidad y que los datos personales sean correctos.
Qué ocurre si te deniegan el visado B1/B2
Si un funcionario consular considera que no cumples los requisitos para recibir el visado solicitado, la solicitud será denegada y normalmente se te indicará la disposición legal aplicada al caso. No todas las denegaciones significan lo mismo ni se resuelven del mismo modo, por lo que conviene leer con atención la comunicación recibida antes de presentar otra solicitud.
Denegación bajo la sección 214(b)
Una denegación bajo la sección 214(b) puede producirse cuando el solicitante no ha demostrado suficientemente que reúne los requisitos de la categoría de visado solicitada o no ha superado la presunción de intención inmigratoria que se aplica a determinadas solicitudes de visados no inmigrantes.
El Department of State indica que, al valorar estos casos, el funcionario examina individualmente las circunstancias del solicitante, incluidos sus planes de viaje, recursos económicos y vínculos fuera de Estados Unidos. No existe una lista única de documentos que garantice superar una 214(b).
Una denegación 214(b) corresponde a esa solicitud concreta y no dispone de un procedimiento ordinario de apelación. Es posible presentar una nueva solicitud, pero habrá que completar un nuevo formulario, pagar de nuevo la tasa y seguir otra vez el procedimiento aplicable. Si vuelves a solicitar el visado, el Department of State señala que deberías poder acreditar cambios significativos en tus circunstancias desde la solicitud anterior.
Denegación bajo la sección 221(g)
Una denegación bajo la sección 221(g) suele indicar que el funcionario consular no dispone todavía de toda la información necesaria para determinar que el solicitante reúne los requisitos. Puede deberse a que falta documentación o información, o a que el caso requiere procesamiento administrativo adicional.
Si el consulado solicita documentos concretos, sigue las instrucciones recibidas y entrégalos por el procedimiento indicado. El Department of State establece actualmente un plazo de un año desde la denegación para aportar la información requerida; si no se presenta dentro de ese periodo, normalmente será necesario iniciar una nueva solicitud y pagar otra tasa.
Cuando la 221(g) se debe a procesamiento administrativo, no existe un plazo general aplicable a todos los casos. La duración depende de las circunstancias individuales y el consulado comunicará al solicitante cuando el procesamiento haya terminado.
No presentes otra solicitud sin saber qué ocurrió
Antes de volver a solicitar un B1/B2, comprueba qué sección legal figura en la comunicación del consulado y qué instrucciones te han dado. Una 214(b), una 221(g) por documentación incompleta y una 221(g) por procesamiento administrativo son situaciones diferentes y no deben tratarse de la misma manera.
Errores frecuentes sobre el B1/B2
- Pensar que un visado B1/B2 concede automáticamente seis meses de estancia. El periodo autorizado se determina para cada entrada y debe comprobarse en el registro de admisión correspondiente.
- Confundir la fecha de caducidad del visado con la fecha hasta la que puedes permanecer en Estados Unidos. Son dos referencias diferentes.
- Dar por hecho que un visado válido garantiza la entrada. El documento permite presentarse en un puerto de entrada y solicitar la admisión, pero la decisión corresponde a las autoridades fronterizas.
- Utilizar el B-1 como si fuera un visado general de trabajo. Determinadas actividades temporales de negocios pueden estar permitidas, pero el empleo ordinario no lo está.
- Creer que una carta de invitación, una reserva de hotel o una determinada cantidad de dinero garantizan la aprobación. La solicitud se valora de forma individual y ningún documento aislado asegura el resultado.
- Comprar billetes no reembolsables dando por seguro que el visado llegará en una fecha concreta. Los tiempos de cita y de procesamiento pueden variar.
- Presentar inmediatamente otra solicitud después de una denegación sin revisar primero la base legal indicada por el consulado y qué ha cambiado realmente en el caso.
Checklist antes de solicitar el B1/B2 y antes de viajar
Una revisión ordenada ayuda a separar dos momentos distintos: primero debes comprobar que el B1/B2 corresponde a tu viaje y preparar correctamente la solicitud; si finalmente recibes el visado, todavía quedan algunos datos que conviene verificar antes de volar.
Antes de presentar la solicitud
- Confirma que la finalidad principal del viaje encaja en las actividades permitidas de B-1, B-2 o B1/B2.
- Si tu viaje es de turismo o negocios, comprueba antes si puedes utilizar el Visa Waiver Program o si realmente necesitas solicitar un visado.
- Completa el DS-160 con información coherente con tu pasaporte, tus circunstancias y el viaje que estás declarando.
- Conserva la página de confirmación del DS-160 y sigue las instrucciones del puesto consular donde tramitarás el caso.
- Comprueba la tasa vigente, el procedimiento de pago y si necesitas acudir a una entrevista presencial.
- Prepara los documentos básicos y cualquier prueba adicional que ayude a explicar el propósito temporal del viaje, tus circunstancias y la financiación de la estancia cuando resulte pertinente.
- No bases la solicitud únicamente en modelos, listas documentales o experiencias de otros viajeros: las circunstancias se valoran individualmente.
Después de recibir el visado y antes de viajar
- Revisa que el nombre, número de pasaporte y demás datos personales del visado sean correctos.
- Comprueba la categoría expedida, la fecha de caducidad y el número de entradas permitidas.
- Recuerda que la vigencia del visado no determina la duración de la próxima estancia.
- Asegúrate de que el motivo real del viaje siga siendo compatible con la categoría B1/B2.
- Revisa también la documentación y los requisitos generales para viajar a Estados Unidos, ya que el visado no sustituye los demás controles previos al viaje.
- Después de la entrada, comprueba el registro I-94 y la fecha hasta la que has sido admitido cuando corresponda.
Preguntas frecuentes sobre el visado B1/B2
-
¿Qué significa B1/B2 en un visado de Estados Unidos?
B1/B2 es una clasificación combinada de visado de visitante. La parte B-1 corresponde a determinadas actividades temporales de negocios y la B-2 a turismo, visitas personales y otros usos permitidos, como determinados tratamientos médicos.
-
¿Cuál es la diferencia entre B1 y B2?
La diferencia principal es la finalidad del viaje. El B-1 se utiliza para determinadas actividades temporales de negocios, como reuniones o negociación de contratos; el B-2 se utiliza principalmente para turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos.
-
¿Necesito una ESTA si ya tengo un visado B1/B2 válido?
No. Si viajas utilizando un visado estadounidense válido para la finalidad correspondiente, no necesitas solicitar una ESTA para ese viaje. La ESTA se utiliza para viajar bajo el Visa Waiver Program, no como requisito adicional a un visado válido.
-
¿Puedo trabajar en Estados Unidos con un B1/B2?
No para aceptar un empleo ordinario en Estados Unidos. El B-1 permite determinadas actividades temporales de negocios, pero un visado de visitante no autoriza a trabajar como empleado en el país. Si la finalidad principal es laboral, debes comprobar la categoría migratoria correspondiente.
-
¿Puedo estudiar con un visado B1/B2?
Los estudios que requieren una categoría de visado específica no pueden realizarse con un B1/B2. El B-2 sí puede permitir un curso recreativo breve que no otorgue créditos para obtener un título, por ejemplo una actividad formativa corta realizada durante unas vacaciones.
-
¿Cuánto cuesta solicitar un visado B1/B2?
La tasa de solicitud de un visado de visitante B es actualmente de 185 USD y no es reembolsable. Dependiendo de la nacionalidad, puede existir además una tasa de expedición basada en reciprocidad si el visado es aprobado.
-
¿Cuánto dura un visado B1/B2?
La validez depende, entre otros factores, de la nacionalidad y de las reglas de reciprocidad aplicables. Puede expedirse con una o varias entradas y durante distintos periodos. La fecha de caducidad indica hasta cuándo puede utilizarse para solicitar la entrada, no cuánto tiempo puedes permanecer en cada viaje.
-
¿Cuánto tiempo puedo permanecer en Estados Unidos con un B1/B2?
No existe una estancia automática de seis meses por el hecho de tener un B1/B2. La duración autorizada se determina cuando eres admitido en Estados Unidos y debes comprobarla en tu registro de admisión, incluido el I-94 cuando corresponda.
-
¿Puedo viajar si mi visado sigue vigente pero está en un pasaporte caducado?
En determinados casos, sí. Si el visado sigue siendo válido, no está dañado y corresponde a la finalidad del viaje, puedes utilizarlo junto con un pasaporte nuevo válido, siempre que ambos pasaportes sean del mismo país y del mismo tipo. No retires ni transfieras el visado del pasaporte antiguo.
-
¿Necesito entrevista para renovar un B1/B2?
La entrevista es la regla general, pero algunas renovaciones pueden optar a una exención. Entre las condiciones actuales se encuentra renovar dentro de los 12 meses siguientes a la expiración del visado anterior y cumplir otros requisitos. El funcionario consular puede exigir una entrevista incluso cuando el caso parece reunir las condiciones para una exención.
¿Has comprobado que puedes viajar con ESTA?
Visa-ESTA.es no tramita visados B1/B2. Si has verificado que tu viaje cumple las condiciones del Visa Waiver Program y que puedes utilizar una autorización ESTA, puedes elegir nuestro servicio independiente y opcional de asistencia para completar la solicitud y revisar formalmente los datos proporcionados.
Servicio independiente, opcional y de pago. También puedes presentar la solicitud ESTA directamente en el sitio web oficial.
Fuentes oficiales y referencias
Fuentes consultadas y verificadas en agosto de 2026. Las tasas, los procedimientos consulares, los tiempos de espera y algunas condiciones de expedición pueden cambiar. Comprueba la información vigente en las fuentes oficiales antes de presentar una solicitud o viajar.
- U.S. Department of State — Visitor Visa : categorías B-1, B-2 y B1/B2, actividades permitidas, documentación, entrevista y tratamiento médico.
- U.S. Department of State — Business : reuniones, conferencias, consultas profesionales y negociación de contratos como ejemplos de actividades temporales de negocios.
- U.S. Department of State — B-1 Visa Fact Sheet : límites de la categoría B-1 y supuestos profesionales que requieren una comprobación específica.
- U.S. Department of State — DS-160 Online Nonimmigrant Visa Application : formulario de solicitud online y página de confirmación necesaria para continuar el trámite.
- U.S. Department of State — Fees for Visa Services : tasa de solicitud para los visados de visitante y diferencia respecto a posibles tasas de expedición.
- U.S. Department of State — Interview Waiver Update : regla general de entrevista y condiciones aplicables a determinadas renovaciones B-1, B-2 y B1/B2.
- U.S. Department of State — Global Visa Wait Times : estimaciones de espera para entrevistas según la embajada o consulado.
- U.S. Department of State — What the Visa Expiration Date Means : diferencia entre validez del visado, número de entradas y periodo autorizado de estancia.
- U.S. Customs and Border Protection — I-94 : registro de admisión y comprobación de los datos asociados a la entrada en Estados Unidos.
- U.S. Customs and Border Protection — Traveler Compliance : consulta del estado de admisión y del tiempo autorizado de permanencia.
- U.S. Department of State — Visa Denials : denegaciones bajo las secciones 214(b) y 221(g), nueva solicitud y documentación adicional.
- U.S. Department of State — Administrative Processing : casos que requieren comprobaciones adicionales después de la decisión consular inicial.
- U.S. Customs and Border Protection — ESTA and Visa Waiver Program FAQ : relación entre un visado estadounidense válido y la autorización ESTA.
- U.S. Department of State — Spain Reciprocity Schedule : validez, número de entradas y tasa de reciprocidad aplicables a las categorías B para ciudadanos españoles.
- U.S. Embassy & Consulate in Spain and Andorra — Visas : información práctica para solicitudes de visados no inmigrantes desde España y acceso al procedimiento correspondiente.
- U.S. Department of State — Adjudicating Nonimmigrant Visa Applicants in Their Country of Residence : instrucciones vigentes sobre la presentación de solicitudes en el país de nacionalidad o residencia y las consecuencias de solicitar fuera de esos países.
- U.S. Department of State — About Visas: Frequently Asked Questions : uso de un visado todavía válido en un pasaporte caducado y diferencia entre validez del visado y periodo autorizado de estancia.